
BOLSAS DE PLÁSTICO BIODEGRADABLE (nuevo Real Decreto)
El 18 de Mayo (2018) el Gobierno español publicó el REAL DECRETO sobre reducción del consumo de bolsas de plástico.
Como se indica en el preámbulo del decreto, de acuerdo con los datos proporcionados por el sector, en España se pusieron en el mercado, en el año 2014, unas 62.560 toneladas de bolsas de plástico de menos de 50 micras de espesor (6.730 millones de unidades), de las cuales el 23% serían bolsas de menos de 15 micras y unas 4.670 toneladas de bolsas de plástico de más de 50 micras (158 millones de unidades).
Sin duda estas cantidades son realmente astronómicas, y el perjuicio para el medio ambiente, de sobra conocido. Una bolsa tiene una media de vida de 12 minutos, pero puede tardar en degradarse 500 años.
La normativa publicada es la siguiente:
– Desde el 1 de julio de 2018 se prohíbe su entrega gratuita (bolsas) a los consumidores en los puntos de venta. Desde dicha fecha los comerciantes deben cobrar un precio por cada bolsa de plástico ligera que entreguen al consumidor, a excepción de las bolsas de plástico muy ligeras (de menos de 15 micras de espesor).
– A partir del 1 de enero de 2020 se prohíbe también la entrega de bolsas de plástico fragmentable (oxo degradables o, mal llamadas, “oxo biodegradables”).
– Desde el 1 de enero de 2021 se prohíbe la entrega, gratuita o no, a los consumidores, en los puntos de venta, de bolsas de plástico ligeras y muy ligeras no compostables.
Para las bolsas de más de 50 micras (+galga 200) se ha optado para la promoción del reciclado:
– Respecto a las bolsas de un espesor igual o superior a las 50 micras, se obliga al cobro de un precio por dichas bolsas desde el 1 de julio de 2018 excepto para las que tengan un porcentaje de plástico reciclado igual o superior al 70%, y, además, es obligatorio que estas bolsas contengan, a partir del 1 de enero de 2020, un porcentaje mínimo de plástico reciclado del 50%, y se propone para estas bolsas un precio orientativo menor.